En su apelación, la mujer afirmó que las lesiones “leves” que presentaba el denunciante se las había podido hacer él mismo.
La Audiencia Provincial de Murcia confirmó la sentencia de un juzgado de lo penal de esta ciudad que, condenó a una mujer a nueve meses de prisión por dar un mordisco a su esposo en una discusión que mantuvieron relacionada con el proceso de divorcio que ella había entablado.
El juzgado declaró probado que los hechos se produjeron en junio, cuando la acusada inició la discusión con el denunciante y en el transcurso de la misma le mordió en una mano, en presencia del hijo menor de edad, curando la lesión a los dos días. Y añadió que el esposo, al ver que no podía salir de casa, se encerró en el cuarto de baño y dio aviso a la Policía.
La sentencia condenó a la acusada como autora de un delito de malos tratos, aplicándole a la hora de concretar la condena la atenuante de dilaciones indebidas. En su apelación, la mujer alegó que las lesiones que presentaba el denunciante se las había podido producir él.
La sala de la Audiencia rechazó el recurso porque, aunque comenta que no comparte todos los argumentos y valoraciones de la sentencia apelada, considera que la conclusión condenatoria es acertada y se ajusta a las máximas de la experiencia.
Deja tu opinión sobre el caso, y compártelo con todos.