Los motivos de un reo para solicitar arresto domiciliario suelen ser diversos.
La salud, principalmente, la avanzada edad. La familia también figura. Los defensores de presos en las cárceles argentinas suelen plantear en sus escritos ante los tribunales y cámaras la necesidad del regreso del acusado para colaborar en la crianza de sus hijos, en apoyar a su pareja. Para un tribunal, todo depende del delito en cuestión.
El pedido de arresto domiciliario de E.S, de 28 años de edad, oriundo de Trujillo, Perú, es muy particular. E.S, acusado de violar y corromper a una menor, solicitó regresar a su casa en Flores para “cuidar” a sus hijas de 11 y 3 años de edad, junto a la madre de las niñas.
El pedido fue rechazado en dos ocasiones, primero por el tribunal que deberá juzgarlo, el N°30 de la Ciudad.
La decisión fue apelada en la Cámara de Casación por su defensa. La Sala II, con una decisión firmada por el juez Eugenio Sarrabayrouse, ratificó la negativa el lunes 29 de junio.La víctima y su madre, al ser consultadas, se negaron a que E.
S reciba la condicional. Los abusos, ocurrieron desde el 2014, año en que E. S llegó a Argentina y obtuvo un empleo en una constructora, hasta el 2019. Por otro lado, la Justicia ordenó un informe ambiental de la familia.Los especialistas dieron un voto negativo para que E.
S vuelva a su hogar.También, aseguraron que la familia del acusado no dimensiona la gravedad del delito, y que por ende, “no se advertía que el grupo familiar esté en condiciones de denunciar posibles situaciones de abuso”.
Los asistentes sociales dijeron que el domicilio familiar “no resultaba viable”.
La madre de la víctima, denunció que fue amenazada en redes sociales para que retirara la denuncia, “o algo les iba a pasar”, según el fallo de Casación.
“Ello demostraba que la presencia del imputado en el medio exterior podía entorpecer el testimonio de la damnificada”, razonó el juez Sarrabayrouse: el testimonio de la víctima, la clave para que el juicio se sostenga, también peligraba.
“El recurso de casación interpuesto es inadmisible por falta de fundamentación, pues el impugnante no refuta adecuadamente todos los argumentos descritos en la resolución, evidenciando una mera discrepancia con el criterio adoptado sin sustento suficiente”, concluyó Sarrabayrouse con su colega, el magistrado Daniel Morín.
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